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Obligaciones Fiscales

Obligaciones Fiscales antes de comenzar la actividad:

•    Presentar la declaración censal (modelos 036 y 037)
•    Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (en el modelo 036 / 037) anterior si está exento de pago y modelos 840/848 si tributa
•    ITPAJD (Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados). Este impuesto grava la constitución de la sociedad (1% del capital social).

Obligaciones Fiscales una vez comenzada la actividad:

 AUTÓNOMO EMPRESARIO INDIVIDUAL, COMUNIDADES DE BIENES Y SOCIEDADES CIVILES

•    IRPF

Régimen de estimación directa y directa simplificada

  • Modelo 130. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa.
  • Modelo D-100. Declaración ordinaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Régimen de estimación objetiva (módulos)

  • Modelo 131. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva.
  • Modelo D- 100. Declaración ordinaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas
PLAZOS
 Plazos trimestral: 1-20 de abril (1T) ,1-20 junio (2T) ,1-20 octubre (3T), 1-30 enero (4T)
 Plazo anual: 1 de mayo al 30 junio

•    IVA

En la liquidación del IVA no hay entrega a cuenta sino liquidaciones periódicas.

Régimen general

  • Modelo 303: cuatro declaraciones trimestrales los tres primeros trimestres entre el 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre y el cuarto trimestre entre el 1 y el 30 del mes de enero del año siguiente.
  • Modelo 390: Declaración Resumen Anual, entre el 1 y el 30 del mes de enero del año siguiente
Si en algún trimestre no resultara cantidad a ingresar, se presentará, según proceda, declaración sin actividad, a compensar o a devolver, esta última sólo en el último trimestre año siguiente.

Régimen simplificado

•    Si la actividades sólo se acogen al régimen simplificado: Modelos: 310 (liquidación ordinaria), 311(liquidación final) y 390 (liquidación anual).
•    Si se realizan actividades acogidas al régimen simplificado y al régimen general: Modelos: 370 (liquidación ordinaria), 371(liquidación final) y 390 (liquidación anual).
 

 SOCIEDADES

  • IS (IMPUESTO DE SOCIEDADES)

  • Modelo 202. Impuesto Sociedades. Pago fraccionado régimen general.
  • Modelo 200.  Impuesto sobre Sociedades. Declaración-liquidación del IS
  • Modelo 201. Impuesto sobre Sociedades. Declaración-liquidación simplificada del IS
Trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelo 202) y anualmente la declaración del Impuesto de Sociedades (200 y 201 para la simplificada)

•    IVA

Modelos y plazos correspondientes al régimen general del IVA

OTRAS OBLIGACIONES FISCALES

•    IBI (IMPUESTO BIENES INMUEBLES)
•    RETENCIONES Y PAGOS A CUENTA: Si se realizan pagos sometidos a retención (salario de empleados, pagos a profesionales, abono de alquiler, etc.)
•    Modelo 110: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF
•    Modelo 190: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta.
•    Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

 
•    DAOT (Declaración anual de Operaciones con terceros)
Si en el año anterior se han realizado operaciones con terceros que hayan superado los 3006 euros. Modelo 347 (en marzo)

De utilidad: Calendario del contribuyente (puede descargarlo en la Web de la agencia tributaria: enlace
  

 

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